Nota Aclaratoria de la actividad náutica en la Fase I de la desescalada

Debido a las dudas surgidas así como otras interpretaciones sorprendentes en relación a la Orden TMA/400/2020, publicada este pasado domingo, por la que se establecen las condiciones a aplicar en la actividad náutica en la fase I de la desescalada, adjunto os remito la Nota Aclaratoria que la DGMM acaba de publicar al respecto.

De esta nota aclaratoria destacaría dos cuestiones fundamentalmente:

La primera, que se permite sin discusión alguna la navegación de recreo durante la Fase I en embarcaciones de lista séptima por parte de sus titulares. Sin perjuicio de que consideramos no era preciso esta aclaración, una vez más el legislador ha tenido que clarificarlo.

La segunda, que para la navegación de recreo no hay establecidos unos límites horarios y únicamente se verá limitada por los horarios que establezcan los puertos deportivos y marinas donde estén amarradas las embarcaciones.

Quiero agradecer a todas aquellas asociaciones que están trabajando en una misma dirección en defensa del sector, que han confiado en nuestra gestión y que junto a ellas estamos trabajando duramente en crear herramientas estratégicas para que la náutica de recreo se convierta este verano en una opción de turismo eficaz y seguro.

De igual forma, os recordamos que seguimos en situación de alarma y emergencia sanitaria por lo que os pedimos máxima prudencia a la hora de practicar las actividades náuticas y sentido común y responsabilidad en la interpretación de las normas.

Nota Aclaratoria de la DGMM 11/05/2020.

www.anen.es

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